AMPARO DIRECTO 1016/2015. 1 DE SEPTIEMBRE DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JUAN CARLOS MORENO CORREA. SECRETARIA: ANABEL MORALES GUZMÁN.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 1016/2015. 1 DE SEPTIEMBRE DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JUAN CARLOS MORENO CORREA. SECRETARIA: ANABEL MORALES GUZMÁN.

Fecha: 03-Dic-2021

No Asiste Razón Al Quejoso

En principio, cabe precisar que el reclamo de las horas extras en el juicio laboral se encuentra dirigido a la jornada extralegal que, se dijo, fue laborada por el trabajador fallecido los lunes, miércoles y viernes de cada semana, por aducir que esos días trabajaba desde las nueve hasta las veinte horas; es decir, tres horas extras en cada uno de esos días, dando un total de 9 a la semana.

Por su parte, el aquí quejoso **********, al dar contestación a la demanda instaurada en su contra y controvertir el reclamo de las horas extras manifestó:

"...

"3. Inverosimilidad de horas extras y falsedad de haberlas laborado. El C. ********** no trabajaba horas extras, pues únicamente laboraba de lunes a viernes, porque pidió permiso para estudiar el sábado, cursando su carrera en la UNIMEX, constan en los registros de entrada y salida que tengo instalados, donde se utiliza un mecanismo con huella digital, las horas en que entraba a laborar y las salidas, siendo que ingresaba a las 09:00 horas y salía a las 18:40 en promedio, de lunes a viernes, únicamente, teniendo una hora para comer todos los días, como se pactó en el respectivo contrato de trabajo, por lo que es falso que laborara horas extras y que laborara el sábado, como afirma la actora; por ello resulta improcedente el pago de cantidad alguna por concepto de horas extras, porque nunca las laboró." (foja 75 del juicio laboral)

Además, del escrito de ofrecimiento de pruebas, se advierte que la ofertada bajo el número 10, consistente en el informe ya referido, debía versar sobre los siguientes puntos: