AMPARO DIRECTO 18/2022
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 18/2022

Fecha: 11-May-2022

OPORTUNIDAD DE CORREGIR LAS OPERACIONES IRREGULARES QUE

LES HAYA DETECTADO.”24

79. En el caso cuyo estudio nos ocupa, se advierte que la CNBV resolvió

imponer como sanción a la sociedad la revocaciónde la autorización

para operar como Sofipo, en razón de que estimó actualizadas las

hipótesis del artículo 37, fracciones V y X, de la Ley de Ahorro y Crédito

Popular, que señala:

La Comisión, después de haber escuchado la opinión de la Federación

respectiva y previa audiencia de la Sociedad Financiera Popular interesada,

podrá declarar la revocación de la autorización otorgada de conformidad con

el Artículo 9 de esta Ley, según corresponda, en los casos siguientes:

24 Publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Décima Época.

Libro 79, Octubre de 2020, Tomo I, página 1015, registro digital 2022241

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