AMPARO DIRECTO 363/2020. 13 DE ENERO DE 2021. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: FERNANDO RANGEL RAMÍREZ. SECRETARIA: MA. DEL CARMEN MELÉNDEZ VALERIO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 363/2020. 13 DE ENERO DE 2021. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: FERNANDO RANGEL RAMÍREZ. SECRETARIA: MA. DEL CARMEN MELÉNDEZ VALERIO.

Fecha: 09-Sep-2022

Así Se Advierte Del Artículo Primero Del Referido Acuerdo Que Establece

"Primero. Autorizar, con efectos a partir del seis de agosto de dos mil veinte y hasta en tanto se emita pronunciamiento por parte del H. Consejo, la suspensión de términos procesales en las Salas civiles y familiares, Juzgados Civiles y Familiares de Proceso Escrito y Proceso Oral, así como en los Juzgados Civiles de Cuantía Menor, única y exclusivamente, en los días en los que, los citados órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Ciudad de México, laboran y desarrollan sus actividades a puerta cerrada; en el entendido de que en los días que se labore a puerta abierta, los términos procesales correrán de forma normal.

"Asimismo, se precisa que aun cuando no correrán términos en los días que se labore a puerta cerrada en las Salas y juzgados aludidos, los mismos continuarán trabajando en horario laboral, para desarrollar las actividades correspondientes a puerta cerrada, de conformidad con lo señalado mediante Acuerdo Plenario 05-19/2020, emitido en sesión de fecha nueve de junio de dos mil veinte."

4. "Artículo 1068. Las notificaciones, citaciones y entrega de expedientes se verificarán a más tardar el día siguiente a aquel en que se dicten las resoluciones que ordenen su práctica. Si se tratare de notificaciones personales, éstas deberán realizarse dentro de los tres días siguientes a aquel en que el notificador reciba el expediente. Sin perjuicio de lo anterior, por causa justificada, el Juez, bajo su responsabilidad, podrá ampliar los plazos previstos en este párrafo.

"...