AMPARO EN REVISIÓN 546/2024.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO EN REVISIÓN 546/2024.

Fecha: 23-Oct-2024

CONSIDERACIONES

I. COMPETENCIA

  1. Esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es legalmente competente para conocer el presente recurso de revisión, en términos de lo dispuesto en los artículos 107, fracción VIII, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 81, fracción I, inciso e) y 83 de la Ley de Amparo; y 21, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con lo previsto en los puntos primero, segundo, fracción III, y tercero del Acuerdo General Plenario 1/2023 publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiséis de enero de dos mil veintitrés, dado que se interpone contra una sentencia dictada en un juicio de amparo indirecto en la que se decidió sobre la constitucionalidad de diversos ordenamientos legales, subsistiendo en el recurso el análisis respectivo, además de que no resulta necesaria la intervención del Tribunal Pleno.