AMPARO EN REVISIÓN 691/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO EN REVISIÓN 691/2023

Fecha: 28-Ago-2024

ÍNDICE TEMÁTICO

A una persona física se le otorgaron diversos nombramientos de magistrada de sala regional del hoy Tribunal Federal de Justicia Administrativa, antes Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; los dos primeros por periodos de 6 años con efectos entre los años 1999 a 2005 y 2005 a 2011, y el tercero por un periodo de 10 años entre los años 2011 y 2021 que culminó el 31 de agosto de 2021.

El Magistrado Presidente del citado tribunal, mediante oficio, le informó a la magistrada que, en virtud del vencimiento de su nombramiento y que el titular del Ejecutivo Federal no se pronunció en relación con la propuesta que se le presentó para que se le tomara en consideración para un nuevo nombramiento, era necesario que entregara la magistratura a un secretario.

Inconforme, la persona física promovió demanda de amparo indirecto contra diversos preceptos de los decretos por los que se expidieron la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de diciembre de 2007; y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, publicado en el citado medio de difusión el 18 de julio de 2016, con motivo de su acto concreto de aplicación consistente en el oficio antes descrito.

El juzgado de Distrito que conoció del asunto admitió la demanda y, en su oportunidad, dictó sentencia en la que sobreseyó en el juicio, por estimar, entre otras cuestiones, que la quejosa consintió tácitamente los decretos impugnados.

La quejosa interpuso recurso de revisión y el tribunal colegiado del conocimiento modificó la sentencia recurrida, al considerar que no operó el consentimiento tácito de las normas impugnadas y reservó jurisdicción a esta Suprema Corte para resolver al respecto. De ahí que el problema jurídico que debe resolver esta Primera Sala del Alto Tribunal consiste en determinar la regularidad constitucional de los decretos impugnados.

AMPARO EN REVISIÓN 691/2023

QUEJOSA Y RECURRENTE: SOFÍA LORENA PÉREZ MAGAÑA.

AUTORIDADES RESPONSABLES Y RECURRENTES ADHESIVAS: PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; PRESIDENTE Y SECRETARIA OPERATIVA DE ADMINISTRACIÓN, AMBOS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA.

VISTO BUENO

SRA. MINISTRA

ponente: MINISTRA LORETTA ORTIZ AHLF

COTEJÓ:

SECRETARIO: RICARDO LAGUNA DOMÍNGUEZ

SECRETARIO AUXILIAR: CARLOS IVÁN VELASCO DOMÍNGUEZ

Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en sesión correspondiente al veintiocho de agosto de dos mil veinticuatro , emite la siguiente:

SENTENCIA

Mediante la cual se resuelve el recurso de revisión 691/2023, interpuesto por la quejosa Sofía Lorena Pérez Magaña , contra la sentencia dictada el dieciocho de febrero de dos mil veintidós , por el Juzgado Decimoquinto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, en el juicio de amparo indirecto 1029/2021 .

El problema jurídico que debe resolver esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación consiste en determinar la regularidad constitucional de los artículos segundo, séptimo y noveno transitorios, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, publicada en el Diario Oficial de la Federación el seis de diciembre de dos mil siete; 43, 47, y quinto transitorio, párrafo quinto, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, publicada en el citado medio de difusión el dieciocho de julio de dos mil dieciséis.