CONFLICTO DE TRABAJO 8/2019-C
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONFLICTO DE TRABAJO 8/2019-C

Fecha: 16-Ago-1999

C) FALTA DE LEGITIMACIÓN PASIVA.

En tanto la suscrita carece de facultades para satisfacer

las pretensiones de la demandante, pues no está dentro

de

mis

atribuciones

reinstalar,

pagar

salarios,

indemnizaciones, etcétera.

D) OBSCURIDAD EN LA DEMANDA y CONTRADICCIÓN.

Derivado de las prestaciones reclamadas, se advierte que

la actora ejercita acciones contradictorias, pues por un

lado

solicita

prestaciones

que

corresponden

a

trabajadores de base y también las que les corresponden

a los de confianza, esto es, por una parte solicita la

aplicación de las Condiciones Generales de Trabajo de la

Suprema Corte de Justicia de la Nación y por la otra los

beneficios establecidos en la diversa normatividad

denominada Condiciones Generales de Trabajo del

Personal de Confianza de la Suprema Corte de Justicia

de la Nación.