CONFLICTO DE TRABAJO 8/2019-C
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONFLICTO DE TRABAJO 8/2019-C

Fecha: 16-Ago-1999

CIERTO,

porque

la

servidora

pública

actora

es

trabajadora

de

confianza

de

acuerdo

con

su

nombramiento y con su última cédula de funciones,

vigente desde el año 2017, visible a foja 203 de su

expediente personal, de la que se aprecia que

desempeñaba, entre otras, las siguientes funciones:

Coordinar,

desarrollar

y

auxiliar

funciones

administrativas de la Dirección General.