Suprema Corte de Justicia de la Nación
CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 209/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DÉCIMO SEXTO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO Y PRIMERO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO. 11 DE ENERO DE 2023. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS YASMÍN ESQUIVEL MO
Fecha: 10-Mar-2023
Ii Legitimación
10. La contradicción de criterios se denunció por parte legitimada para ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 227, fracción II, de la Ley de Amparo, al haber sido formulada por el Magistrado presidente del Primer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, –el cual es uno de los órganos que participan en la presente contradicción–.