CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 5/2023. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS SEGUNDO Y TERCERO, AMBOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO. 17 DE FEBRERO DE 2023. TRES VOTOS DE LA MAGISTRADA ROSA MARÍA GALVÁN ZÁRATE Y DE LOS MAGISTRADO
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 5/2023. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS SEGUNDO Y TERCERO, AMBOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO. 17 DE FEBRERO DE 2023. TRES VOTOS DE LA MAGISTRADA ROSA MARÍA GALVÁN ZÁRATE Y DE LOS MAGISTRADO

Fecha: 31-Mar-2023

I Trámite De La Denuncia

1. El Magistrado presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, el veinticuatro de mayo de dos mil veintidós, denunció la posible contradicción de criterios entre los sustentados por los señalados órganos al resolver los asuntos indicados.

2. Por acuerdo de treinta de mayo de dos mil veintidós, la presidencia del Pleno en Materia de Trabajo del Tercer Circuito ordenó formar y registrar el expediente de contradicción de criterios número 2/2022; en el propio acuerdo, estimó innecesario solicitar copias certificadas de las ejecutorias que motivaron los criterios contendientes; sin embargo, solicitó el informe relativo a si los criterios continuaban vigentes; los cuales se tuvieron por rendidos mediante proveídos de veintiuno de junio y veinticuatro de agosto de dos mil veintidós.

3. El dieciséis de enero de dos mil veintitrés se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo General 108/2022 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la creación, denominación e inicio de funciones de los Plenos Regionales de las Regiones Centro-Norte y Centro-Sur, así como su competencia, jurisdicción territorial y domicilio nuevo; motivo por el cual, mediante acuerdo de trece de enero de dos mil veintitrés, se ordenó la remisión del presente asunto a este Pleno Regional.

4. Por auto de presidencia de uno de febrero de dos mil veintitrés, este Pleno Regional tuvo por recibido el expediente correspondiente a la contradicción de criterios 5/2023.

5. Por acuerdo de la misma, se turnó el asunto a la ponencia B, cuyo titular es el Magistrado Emilio González Santander, para la elaboración del proyecto respectivo; y