CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 28/2022. PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MORELOS. 21 DE SEPTIEMBRE DE 2022. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ, JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 28/2022. PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MORELOS. 21 DE SEPTIEMBRE DE 2022. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ, JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ

Fecha: 20-Ene-2023

A Modificar El Decreto Impugnado Únicamente En La Parte Materia De La Invalidez Y

b) A fin de no lesionar la independencia del Poder Judicial actor y en respeto del principio de autonomía en la gestión presupuestal de los poderes, establecer de manera puntual:

• Si será el propio Congreso quien se hará cargo del pago de la pensión respectiva con cargo al Presupuesto general del Estado; o,

• En caso de considerar que debe ser algún otro poder o entidad quien deba realizar los pagos correspondientes a la pensión, deberá otorgar efectivamente los recursos necesarios para que dicho ente pueda satisfacer la obligación en cuestión.

60. Finalmente, esta declaratoria de invalidez surtirá efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de esta sentencia al Congreso del Estado de Morelos.