IMPEDIMENTO 91/2015. JUEZ TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE DURANGO. 13 DE OCTUBRE DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: SUSANA MAGDALENA GONZÁLEZ RODRÍGUEZ. SECRETARIA: LETICIA BANDA ENRÍQUEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

IMPEDIMENTO 91/2015. JUEZ TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE DURANGO. 13 DE OCTUBRE DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: SUSANA MAGDALENA GONZÁLEZ RODRÍGUEZ. SECRETARIA: LETICIA BANDA ENRÍQUEZ.

Fecha: 08-Ene-2016

Primeroes Fundada La Excusa Planteada Por El Señor Juez Tercero De Distrito En El Estado

SEGUNDO.-Remítase el juicio de amparo promovido por **********, y sus copias, a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en este Estado, a fin de que la turne a un órgano jurisdiccional diverso al Juzgado Tercero de Distrito en esta entidad federativa.

TERCERO.-Se denuncia ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, posible contradicción de criterios en términos del considerando sexto de la presente ejecutoria.

Notifíquese; háganse las anotaciones respectivas en el libro de gobierno de este tribunal; con testimonio autorizado de esta ejecutoria remítase el juicio de amparo promovido por **********, y sus copias, a la oficina de correspondencia común y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.

Así lo resolvió el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito, por unanimidad de votos de la señora Magistrada presidenta Susana Magdalena González Rodríguez, del señor Magistrado Héctor Flores Guerrero y del licenciado Roberto Arturo Vázquez Gándara, secretario en funciones de Magistrado en términos del numeral 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, en acuerdo de once de agosto de dos mil quince, bajo la ponencia de la primera.

En términos de lo previsto por los artículos 13, 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos y fue elaborada de conformidad con el Reglamento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal para la aplicación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y el Acuerdo General 84/2008, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las atribuciones de los órganos en materia de transparencia, así como los procedimientos de acceso a la información pública y protección de datos personales.