QUEJA 228/2019. 19 DE SEPTIEMBRE DE 2019. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: VÍCTOR JÁUREGUI QUINTERO. SECRETARIO: DANIEL GRANEROS NUÑO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

QUEJA 228/2019. 19 DE SEPTIEMBRE DE 2019. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: VÍCTOR JÁUREGUI QUINTERO. SECRETARIO: DANIEL GRANEROS NUÑO.

Fecha: 14-May-2021

Tercera

5. Inconforme con dicha resolución, el demandado, aquí recurrente promovió juicio de amparo indirecto del cual correspondió conocer al Juzgado Sexto de Distrito en Materias Administrativas, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco, cuyo secretario encargado del despacho en auto de treinta y uno de julio de dos mil diecinueve, desechó la demanda de amparo porque consideró que en el caso se actualiza la causal de improcedencia prevista en la fracción XXIII del artículo 61, en relación con el artículo 107, fracción V, ambos de la Ley de Amparo, y el diverso 107, fracción III, inciso b), de la Constitución Federal, los dos últimos aplicados a contrario sensu, toda vez que el acto reclamado no produce efectos de imposible reparación, esto es, que no conlleva violación alguna a los derechos sustantivos consagrados en la Carta Magna o en algún tratado internacional de los que México sea Parte.