Suprema Corte de Justicia de la Nación
QUEJA 227/2022. PROMOVENTE: RENEÉ CHRISTIAN LICONA VÁZQUEZ Y ELISSA MAE GILBERTSON, POR SU PROPIO DERECHO Y EN REPRESENTACIÓN DE SU MENOR HIJO A.C.L.G. 15 DE JULIO DE 2022. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: MAGISTRADO ROGELIO CEPEDA TREVIÑO. SECRETARIA:
Fecha: 09-Dic-2022
Segundose Revoca La Resolución Recurrida
TERCERO.—Se concede al menor quejoso la suspensión provisional de los actos reclamados, por las razones y para los efectos señalados en esta ejecutoria.
CUARTO.—Por las razones expuestas y para los efectos precisados en el considerando cuarto de esta ejecutoria, se ordena a la Juez Federal dar vista al titular de la Dirección General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Nuevo León.
QUINTO.—En los términos del último de los considerandos, se formula una exhortación a la Juez de Distrito.
- Considerando
- Por Auto De Doce De Abril De Dos Mil Veintidós Se Admitió A Trámite La Ampliación De Demanda
- Inconforme La Parte Quejosa Interpuso El Presente Recurso
- Su Agravio Es Fundado
- Ii Que No Se Siga Perjuicio Al Interés Social Ni Se Contravengan Disposiciones De Orden Público
- Que No Se Siga Perjuicio Al Interés Social Ni Se Contravengan Disposiciones De Orden Público
- Por Su Parte El Artículo De La Ley De Amparo Dispone Lo Siguiente
- Segundose Revoca La Resolución Recurrida
- Notifíquese