Suprema Corte de Justicia de la Nación
RECURSO DE INCONFORMIDAD PREVISTO EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 201 DE LA LEY DE AMPARO 437/2016. 10 DE AGOSTO DE 2016. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA, JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, NORMA LUCÍA PIÑA
Fecha: 26-May-2017
Vi Legitimación
18. El recurso de inconformidad fue interpuesto por el representante legal de la parte quejosa quien está legitimado para promover el presente medio de impugnación en términos del artículo 12 de la Ley de Amparo.
- Iii Competencia
- Iv Procedencia
- V Oportunidad
- Vi Legitimación
- Vii Elementos Necesarios Para Resolver
- Viii Estudio De Fondo
- I Derechos Humanos Que Explícita O Implícitamente Se Declararon Violados En La Ejecutoria
- Hecho Lo Anterior Resolvió Con Libertad De Jurisdicción La Litis Sometida A Su Consideración
- Primeroes Infundado El Recurso De Inconformidad A Que Este Toca Se Refiere
- Ibídem Hoja
- I Recaudar El Impuesto A Los Depósitos En Efectivo El Último Día Del Mes De Que Se Trate