Suprema Corte de Justicia de la Nación
RECURSO DE RECLAMACIÓN EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 5/97. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN.
Fecha: 19-Dic-1996
G Dos Municipios De Diversos Estados
"h) Dos Poderes de un mismo Estado, sobre la constitucionalidad de sus actos o disposiciones generales;
"i) Un Estado y uno de sus Municipios, sobre la constitucionalidad de sus actos o disposiciones generales;
"j) Un Estado y un Municipio de otro Estado, sobre la constitucionalidad de sus actos o disposiciones generales, y
"k) Dos órganos de gobierno del Distrito Federal, sobre la constitucionalidad de sus actos o disposiciones generales ..."
Y el artículo 10 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 Constitucional, establece:
- Ministro Ponente Juan Díaz Romero Secretario Alejandro Sánchez López
- Vistos Y Resultando
- Considerando
- México Distrito Federal A Diecisiete De Marzo De Mil Novecientos Noventa Y Siete
- México Distrito Federal A Quince De Abril De Mil Novecientos Noventa Y Siete
- Y En La Foja Del Mismo Expediente Obra La Constancia Que A Continuación Se Transcribe
- Lic Alfredo Villeda Ayala
- Presidencia Municipal De Monterrey Nl Recibido Abr Dirección Jurídica Am
- El Artículo Fracción I De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos Dispone
- B La Federación Y Un Municipio
- G Dos Municipios De Diversos Estados
- I Como Actor La Entidad Poder U Órgano Que Promueva La Controversia
- Iv El Procurador General De La República
- Al Efecto Se Debe Tener Presente Que El Artículo Fracción Ii Constitucional Establece
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Notifíquese En Su Oportunidad Archívese El Toca Como Asunto Concluido