RECURSO DE RECLAMACIÓN 105/2017-CA. DERIVADO DE LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 112/2016. PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MORELOS. 17 DE ENERO DE 2018. PONENTE: ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA. SECRETARIO: MIGUEL ANTONIO NÚÑEZ VALADEZ.
Fecha: 17-Ene-2018
X E F E C T O S
90. Efectos de la sentencia. La declaración de invalidez del decreto “787”, a través del cual se concedió, con cargo al presupuesto del Poder Judicial actor, la pensión por cesantía en edad avanzada a Carlos Pastrana Gómez, surtirá efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de esta sentencia al Poder Legislativo de la entidad, en la inteligencia de que se dejan a salvo los derechos de dicha persona para reclamar el pago de la pensión ante la autoridad y en la vía que corresponda.
91. En este sentido, esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación exhorta, tanto al Congreso local como al Poder Judicial actor, para que en el marco de sus respectivas competencias y a la brevedad, realicen las acciones tendentes a determinar el pago de la pensión correspondiente por cesantía en edad avanzada solicitada por Carlos Pastrana Gómez. Asimismo, se exhorta al Congreso del Estado de Morelos a revisar su sistema legal de pago de pensiones a efecto de que establezca uno que no resulte transgresor de la autonomía de otros poderes o de otros órdenes normativos.
- S E N T E N C I A
- I Antecedentes Del Caso
- Ii Trámite Del Recurso De Reclamación Y Elementos Necesarios Para Resolver
- X E F E C T O S
- Primero Es Procedente Y Parcialmente Fundada La Presente Controversia Constitucional
- Agravios En El Escrito De Reclamación El Recurrente Expuso Los Siguientes Argumentos
- Iii Competencia
- Iv Improcedencia Del Recurso
- Artículo El Recurso De Reclamación Procederá En Los Siguientes Casos
- V Contra Los Autos O Resoluciones Del Ministro Instructor Que Admitan O Desechen Pruebas
- Vii En Los Demás Casos Que Señale La Ley
- Primero Se Desecha Por Improcedente El Presente Recurso De Reclamación
- Lic María De Los Ángeles Gutiérrez Gatica
- Reforma Constitucional De Veintisiete De Febrero De Dos Mil Dieciséis
- Unidad De Medida Y Actualización Publicada El Diez De Febrero De Dos Mil Diecisiete
- El Recurso De Reclamación Se Presentó El Veinticinco De Septiembre De Dos Mil Diecisiete