RECURSO DE RECLAMACIÓN 177/2025
Suprema Corte de Justicia de la Nación

RECURSO DE RECLAMACIÓN 177/2025

Fecha: 04-Jun-2025

II. OPORTUNIDAD

23. De conformidad con el artículo 104, párrafo segundo de la Ley de Amparo, el plazo para interponer el recurso de reclamación es de tres días a partir del día hábil siguiente al que surta sus efectos la notificación.

24. El acuerdo recurrido fue notificado por lista electrónica a la parte recurrente el treinta y uno de marzo de dos mil veinticinco, por lo que surtió efectos el día hábil siguiente, esto es, el primero de abril de dos mil veinticinco. Por lo que el plazo de tres días para interponer el recurso de reclamación transcurrió del dos al cuatro de abril de dos mil veinticinco.

25. Por lo que, si el recurso de reclamación fue presentado por medio del Sistema Electrónico del Poder Judicial de la Federación (FIREL) el cuatro de abril de dos mil veinticinco, se concluye que su interposición resultó oportuna.