AMPARO
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO

Fecha: 07-Abr-2011

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5268/2022

sentenciada promovió juicio de amparo, el cual le fue negado. En

desacuerdo la recurrente interpuso el recurso de revisión que ahora es

materia de estudio, alegando que el legislador ordinario estatal carece

de competencia, para incluir en la configuración legislativa de los tipos

penales, aspectos relativos a los servicios financieros.

Así, el problema jurídico a resolver por esta Primera Sala de la Suprema

Corte de Justicia de la Nación, consiste en determinar si el delito

equiparado a la retención agravado, contemplado en el artículo 379 del

Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca, invade la

competencia del Congreso de la Unión, contemplada en el artículo 73,

fracción X de la Carta Magna, al regular la materia de intermediación y

servicios financieros.