SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA 3/2008-PL. MAGISTRADOS INTEGRANTES DEL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Fecha: 07-Ago-1988
Secretario Jaime Flores Cruz
México, Distrito Federal. Acuerdo del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día once de marzo de dos mil diez.
VISTOS, para resolver los autos del expediente 3/2008-PL, relativo a la solicitud de modificación de jurisprudencia sustentada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada con el número P./J. 19/88, con registro número 820259, consultable en la página 6, Octava Época, del Semanario Judicial de la Federación, con rubro: "LIBERTAD PERSONAL. ACTOS QUE AFECTAN LA, INDEPENDIENTEMENTE DE LA NATURALEZA DE LAS AUTORIDADES QUE LOS EMITAN, CORRESPONDE A UN JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA PENAL EL CONOCIMIENTO DEL JUICIO DE AMPARO QUE SE PROMUEVA CONTRA ELLOS."; y,
- Secretario Jaime Flores Cruz
- Resultando
- La Petición De Mérito A La Letra Dice Lo Siguiente
- El Considerando Sexto De La Citada Resolución Es Textualmente El Que A Continuación Se Transcribe
- Considerando
- Página
- Dicho Precepto Legal Señala
- Que Se Expresen Los Razonamientos Legales En Que Se Apoye La Pretensión De Su Modificación
- Artículo
- Tesis P
- Apéndice Primera Parte Tomo Ii Pleno Tesis Página
- Competencia
- Las Consideraciones Que Originaron La Emisión De La Jurisprudencia Reproducida A La Letra Dicen
- Segundo Es Fundada La Modificación De La Tesis Jurisprudencial A Que Esta Resolución Se Refiere