SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA 12/2009. DÉCIMO CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fecha: 03-Mar-2009
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
PRIMERO.-Es procedente la solicitud de modificación de jurisprudencia a que este expediente se refiere.
SEGUNDO.-Se modifica la jurisprudencia contenida en las tesis P./J. 46/2009 y P./J. 47/2009 de este Tribunal Pleno, para quedar en los términos establecidos en la parte final de la presente resolución.
Notifíquese; remítase testimonio de esta resolución al Decimocuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito y las tesis de jurisprudencia que se establecen a la Dirección General de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis, así como de la parte considerativa correspondiente para su publicación en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, y hágase del conocimiento de la Primera y Segunda Salas de esta Suprema Corte de Justicia, así como de los Tribunales Colegiados de Circuito y Juzgados de Distrito las tesis jurisprudenciales que se sustentan en la presente resolución, en cumplimiento a lo previsto en el artículo 195 de la Ley de Amparo.
- Secretario José Álvaro Vargas Ornelas
- Resultando
- Considerando
- Página
- Ii Que No Se Elabore Una Tesis Con Las Características Antes Precisadas
- En La Elaboración Del Texto De La Tesis Se Observarán Las Siguientes Reglas
- Asimismo Señalan Que Para Ello Debe Seguirse El Procedimiento Siguiente
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- En Su Oportunidad Archívese El Expediente