SOLICITUD DE SUSTITUCIÓN DE JURISPRUDENCIA 14/2016. PLENO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO. 17 DE MAYO DE 2017. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, JAVIER LAYNEZ POTISEK, JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS Y ED
Suprema Corte de Justicia de la Nación

SOLICITUD DE SUSTITUCIÓN DE JURISPRUDENCIA 14/2016. PLENO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO. 17 DE MAYO DE 2017. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, JAVIER LAYNEZ POTISEK, JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS Y ED

Fecha: 07-Jul-2017

Segundoes Fundada La Solicitud De Sustitución De Jurisprudencia A Que Se Refiere Esta Resolución

TERCERO.-Comuníquese la presente resolución a la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis, para los efectos señalados en el último considerando de este fallo.

Notifíquese; con testimonio de esta resolución al Pleno de Circuito solicitante y en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.

Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de cuatro votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas (ponente) y presidente Eduardo Medina Mora I. El Ministro José Fernando Franco González Salas, emitió su voto con reservas. Ausente la Ministra Margarita Beatriz Luna Ramos.

En términos de lo dispuesto en los artículos 3, fracción XXI, 73, fracción II, 111, 113, 116, octavo y duodécimo transitorios de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en el segundo párrafo de artículo 9 del Reglamento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal para la aplicación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se testa la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.