Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0967/2022-S1
Fecha: 19-Sep-2022
PETICION.-
Tratándose la petición de mero trámite, solicitamos se nos otorgue en el día o brevedad posible, protestando correr con los gastos que conlleve dicha petición.
Ayudamos nuestro derecho en el art 24 y 119,115 y 117 de la CPE.
Otrosí 1°.-Adjunto prueba documental referida supra.
Otrosí 2°.- Estaré a saber determinaciones en el secretaría de su digno despacho, o través de la abogada que nos patrocina.
Otrosí 3°.-domicilio procesal calle Avaroa No 0837 entre, calle Padilla y Ejército” (sic [fs. 9 y vta.]).
II.7. A través de Informe Legal DDT-U.SAN-INF-LEG 542/2021, de 14 de octubre, emitido por Elizabeth Llanos Betancourth, dirigido a Teófilo López Pallegas, informó lo siguiente:
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- II OBJETO
- “ANTECEDENTES.-
- II. ANÁLISIS LEGAL.-
- III. CONCLUSIONES Y SUGERENCIAS.-
- LEGITIMACION
- PETICION.-
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II. (…) podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial”.
- POR TANTO