Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2023-S1
Fecha: 24-Abr-2023
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2023-S1
Sucre, 24 de abril de 2023
SALA PRIMERA
Magistrada Relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller
Acción de libertad
Expediente: 51706-2022-104-AL
Departamento: Beni
En revisión la Resolución 01/2022 de 15 de febrero, cursante de fs. 30 a 35 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Edgar Mamani Pillco, por sí y en representación legal de los menores AA; y, BB contra Ruthiar Vásquez Aguirre, Fiscal Departamental de Beni.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES | FECHA Y HORA | TIPO ACTIVIDAD | DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
- # | REMISIÓN DE ANTECEDENTES A FISCALÍA CARANAVI
- MEMORIAL | SOLICITA DECLINATORIA
- DECLINATORIA DE COMPETENCIA | DIRECCIÓN FUNCIONAL
- REQUERIMIENTO DE INICIO DE INVESTIGACIÓN POLICIAL | INICIO
- INFORME DE INICIO DE INVESTIGACIÓN AL JUEZ
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | I. Las medidas de protección tienen por objeto interrumpir e impedir un hecho de violencia contra las mujeres, o garantizar, en caso de que éste se haya consumado, que se realice la investigación, procesamien
- ARTÍCULO 32. (FINALIDAD).
- I. Cuando se trate de delitos vinculados a las distintas formas de violencia contra niñas, niños, adolescentes o mujeres, se aplicarán las medidas de protección especial establecidas en los siguientes Artículos, a fin de evitar que el hecho produzca
- ARTÍCULO 61. (MINISTERIO PÚBLICO).
- Artículo 52. (TRIBUNALES DE SENTENCIA).
- II. Los Tribunales de Sentencia también serán competentes para disponer, ratificar o modificar medidas de protección especial en favor de la víctima.
- I. En casos de urgencia o habiéndose establecido la situación de riesgo en la que se encuentra la víctima y cuando las circunstancias del caso exijan la inmediata protección a su integridad, las medidas previstas en el
- Art. 35 de la Ley 348
- PARA MUJERES
- POR TANTO