SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2024
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2024

Fecha: 20-Nov-2024

Encabezado

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2024

Sucre, 20 de noviembre de 2024

SALA PLENA

Magistrada Relatora: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas

Acción de inconstitucionalidad concreta

Expediente:                  49721-2022-100-AIC

Departamento:            Chuquisaca

En la acción de inconstitucionalidad concreta presentada de oficio por Ricardo Torres Echalar, José Antonio Revilla Martínez, Marco Ernesto Jaimes Molina, Juan Carlos Berrios Albizu, Carlos Alberto Egüez Añez, Olvis Egüez Oliva, Edwin Aguayo Arando y Esteban Miranda Terán, Magistrados y ex Magistrado, respectivamente, del Tribunal Supremo de Justicia; demandando la inconstitucionalidad de los arts. 18.I de la Ley para el Juzgamiento de la Presidenta o Presidente y/o de la Vicepresidenta o Vicepresidente, de altas autoridades del Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Consejo de la Magistratura, Tribunal Constitucional Plurinacional y del Ministerio Público -Ley 044 de 8 de octubre de 2010-; “3” de la Ley 2445 de 13 de marzo de 2003; y, 38.3 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) -Ley 025 de 24 de junio de 2010-; así como la inaplicabilidad del art. 184.4 de la Constitución Política del Estado (CPE), por ser presuntamente contrarios a los arts. 13, 14.I, II, III y IV, 115.II, 117.I, 180.II y 410 de la Norma Suprema; 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, XVIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (DADDH).