SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2024
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2024

Fecha: 20-Nov-2024

II. CONCLUSIONES

Del análisis y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.       Normas constitucional y legales consideradas inconvencionales e inconstitucionales

Art. 184.4 de la CPE

Artículo 184. Son atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia, además de las señaladas por la ley:

(…)

4.     Juzgar, como tribunal colegiado en pleno y en única instancia, a la Presidenta o al Presidente del Estado, o a la Vicepresidenta o al Vicepresidente del Estado, por delitos cometidos en el ejercicio de su mandato. El juicio se llevará a cabo previa autorización de la Asamblea Legislativa Plurinacional, por decisión de al menos dos tercios de los miembros presentes, y a requerimiento fundado de la Fiscal o del Fiscal General del Estado, quien formulará acusación si estima que la investigación proporcionó fundamento para el enjuiciamiento. El proceso será oral, público, continuo e ininterrumpido. La ley determinará el procedimiento”.

Art. 18.I de la Ley 044

Artículo 18. (Del Juicio)