SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2024
Fecha: 20-Nov-2024
IV. En ningún caso podrá recusarse a más de la mitad de los Ministros de la Corte Suprema de Justicia. Las acefalias serán suplidas por Los Conjueces siguiendo las normas de la Ley de Organización Judicial”. | II. Los derechos que proclama esta C
Art. 38.3 de la LOJ
“Artículo 38. (ATRIBUCIONES DE LA SALA PLENA) La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia tiene las siguientes atribuciones:
(…)
3. Juzgar, como tribunal colegiado en pleno y en única instancia, a la Presidenta o al Presidente del Estado, o a la Vicepresidenta o al Vicepresidente del Estado, por delitos cometidos en el ejercicio de su mandato”.
II.2. Normas convencionales consideradas infringidas
Art. 8.2 inc. g) de la CADH
“Artículo 8. Garantías Judiciales
(…)
2. Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad. Durante el proceso, toda persona tiene derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas:
(…)
h) Derecho de recurrir del fallo ante juez o tribunal superior”.
Art. 14.5 del PIDCP
“Artículo 14
(…)
5. Toda persona declarada culpable de un delito tendrá derecho a que el fallo condenatorio y la pena que se le haya impuesto sean sometidos a un tribunal superior, conforme a lo prescrito por la ley”.
Art. XVIII de la DADDH
“Artículo XVIII. Toda persona puede ocurrir a los tribunales para hacer valer sus derechos. Asimismo debe disponer de un procedimiento sencillo y breve por el cual la justicia lo ampare contra actos de la autoridad que violen, en perjuicio suyo, alguno de los derechos fundamentales consagrados constitucionalmente”.
II.3. Normas constitucionales consideradas infringidas
“Artículo 13.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- I. El Tribunal Supremo de Justicia, se constituirá como tribunal colegiado en pleno y en única instancia juzgará a la Presidenta o Presidente y/o a la Vicepresidenta o Vicepresidente, sin recurso ulterior”.
- I. Cualquier ciudadano podrá presentar una proposición acusatoria ante el Fiscal General de la República. | III. Si por cualquier causa justificada, uno o varios Ministros de la Corte Suprema de Justicia no pudiesen atender el enjuiciamiento, se
- II. Si los Ministros de la Corte Suprema de Justicia y el Fiscal General de la República retardaren la administración de justicia, sea cual fuere la causa, serán sancionados de acuerdo al Artículo 177° del Código Penal.
- IV. En ningún caso podrá recusarse a más de la mitad de los Ministros de la Corte Suprema de Justicia. Las acefalias serán suplidas por Los Conjueces siguiendo las normas de la Ley de Organización Judicial”. | II. Los derechos que proclama esta C
- I. Los derechos reconocidos por esta Constitución son inviolables, universales, interdependientes, indivisibles y progresivos. El Estado tiene el deber de promoverlos, protegerlos y respetarlos. | II. El Estado prohíbe y sanciona toda forma
- I. Todo ser humano tiene personalidad y capacidad jurídica con arreglo a las leyes y goza de los derechos reconocidos por esta Constitución, sin distinción alguna.
- II. El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones”.
- I. Ninguna persona puede ser condenada sin haber sido oída y juzgada previamente en un debido proceso. Nadie sufrirá sanción penal que no haya sido impuesta por autoridad judicial competente en sentencia ejecutoriada”.
- II. Se garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales”. | II. La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa. El bloque de constitucionali
- I. Todas las personas, naturales y jurídicas, así como los órganos públicos, funciones públicas e instituciones, se encuentran sometidos a la presente Constitución.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Por lo expuesto, se puede afirmar que es precisamente el principio de buena fe, el que reviste a las Sentencias de la Corte IDH el efecto útil o de protección efectiva, siendo por tanto plenamente justificable la ubicación de estas Sentencias dentro