Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 073/2000
Fecha: 05-Oct-2000
II.1
II.1 Que por Auto Constitucional Nº 132/2000-CA (fs. 18) de 13 de julio de 2000, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional dispuso que el recurrente subsane las deficiencias formales advertidas en el Recurso, lo que hizo mediante memorial de 20 de julio (fs. 20), en el que identifica al Ministerio Recurrido en la persona de su actual titular y aclara que la notificación a la COMIBOL con la Resolución Ministerial impugnada fue realizada el 13 de junio del año en curso.