Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 919/2000-R
Fecha: 05-Oct-2000
VISTOS:
VISTOS: En revisión, la Resolución cursante a fs. 771 vta. y 772, pronunciada el 1 de septiembre de 2000 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el Amparo Constitucional interpuesto por Ramón Aurelio Gutiérrez Sosa, Presidente del Directorio de la Compañía Industrial Azucarera “San Aurelio” S.A. (“CIASA”) contra José Andrés Reig Echeveste y José Alonso Sánchez, Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia y Vicepresidente Ejecutivo del Banco de Santa Cruz S.A., respectivamente; los antecedentes arrimados al proceso; y
- VISTOS:
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- CONSIDERANDO:
- que demuestren a la entidad suficiente capacidad de pago
- correspondiéndole únicamente a la entidad bancaria -por ser su facultad privativa por imperio de la autonomía de la voluntad- decidir si “CIASA” reúne los requisitos anotados en la norma legal citada para acceder a una reprogramación,
- POR TANTO: