SENTENCIA CONSTITUCIONAL N°1034/00 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N°1034/00 - R

Fecha: 07-Nov-2000

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De  fojas 42 a 43, cursa el acta de la audiencia pública realizada el 05 de octubre de 2000, en la cual el abogado de los recurrentes ratifica los términos de su demanda, refiere el acta que amplió su fundamento sobre las  irregularidades cometidas por el Juez recurrido, sin embargo no han sido transcritas. A su turno, el Juez recurrido expresó: a) Que el recurrente en representación de las mismas personas, con la misma exposición, cuestionó la documentación aparejada e interpuso un Recurso de Hábeas Corpus que fue declarado improcedente por el Tribunal de primera instancia y aprobado  mediante sentencia constitucional de fecha 02 de mayo de 2000; b) Que el principio jurisdiccional, le faculta a librar el mandamiento de aprehensión cuando las personas conminadas a presentarse en un proceso no lo hacen; c) Que la notificación al recurrente Roberto Isaac Núñez Hurtado fue para que preste su indagatoria, por lo que pide se declare improcedente.