En revisión la Resolución No. 020/2000 de 14 de enero de 2000, saliente de fs. 187 a 188 de obrados, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del Recurso de Amparo Constitucional interpuesto p
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión la Resolución No. 020/2000 de 14 de enero de 2000, saliente de fs. 187 a 188 de obrados, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del Recurso de Amparo Constitucional interpuesto p

Fecha: 03-Mar-2000

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV) y 120-7ª, de la Constitución Política del Estado y el art. 102-V) de la Ley del Tribunal Constitucional, con los fundamentos precedentemente expuestos, REVOCA la Resolución No. 020/2000 de 14 de enero de 2000, pronunciada  por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz y declara PROCEDENTE el Recursodebiendo los recurridos practicar y remitir al Poder Ejecutivo una nueva evaluación, sujetándose a los parámetros señalados en el Reglamento de Evaluación para

1.  Que en el término de tercero día, el Tribunal de Amparo remita fotocopias legalizadas de los actuados pertinentes al Ministerio Público, a objeto de que de oficio se inicie acción penal correspondiente, en estricto cumplimiento a lo establecido por el Art. 104 de la Ley del Tribunal Constitucional, en contra de Roberto Pérez Tellería, Hugo Lora Caballero, Franklin Gonzáles Mendivil, Felix Escobari Simonini y Luciano Velasco Z.,  miembros del Consejo Superior de Personal de la Policía Nacional,  al haber adecuado su conducta a la previsión del Art. 179 bis del Código Penal.