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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 893/2000 - R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 893/2000 - R

    Fecha: 26-Sep-2000

    procedente

    Que en el asunto que se examina  no existe persecución indebida contra los recurrentes, pues las autoridades recurridas han actuado en el marco de las funciones y atribuciones que la Ley les encomienda, por lo que el Juez de Hábeas Corpus, al declarar procedente el Recurso, no ha valorado correctamente los datos del proceso y las normas aplicables al mismo.

    • VISTOS:
    • 1.
    • 2.
    • Fragmento 4
    • 3.
    • CONSIDERANDO:
    • Agentes Fiscales
    • la responsabilidad penal aduanera por delitos tipificados en esa Ley será investigada por el Ministerio Público
    • Que en ninguna parte de la Ley No. 1990 se dispone que
    • procedente
    • POR TANTO:

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