SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 009/2001-R
Fecha: 10-Ene-2001
Fragmento 4
Por su parte, el apoderado de la Viceministra recurrida informó que por Resolución Ministerial Nº 235/88 de 1 de julio de 1988 y en base a certificado CITES Nº 00432 el recurrente exportó los 10.600 cueros que tenía apilados hasta el 4 de julio de 1988, y que ha infringido la Ley 1333 y los Decretos Supremos Nos. 22641 y 25458 que declaran veda general al haber acopiado 9.000 cueros en forma ilegal, y que las referidas disposiciones legales facultan a la Viceministra de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Desarrollo Forestal a efectuar y tramitar los decomisos y la aplicación de las sanciones establecidas en el art. 10 del Decreto Supremo Nº 22641, concordante con el art. 7 del Decreto Supremo Nº 25458, atribuciones con las cuales y al amparo de los incs. b) y c) del art. 8 del Reglamento General de Gestión Ambiental aprobado mediante Decreto Supremo Nº 24176 de 8 de diciembre de 1995, encomendó al Prefecto del Departamento de Santa Cruz el decomiso de los cueros de pecarí de propiedad del recurrente y el inicio de la acción penal correspondiente.
- Partes:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- Fragmento 4
- procedente
- 1. Que la Resolución Ministerial Nº 193/88 de 1 de junio de 1988,
- 2. Que mediante Resolución Ministerial Nº 235/88 de 1 de julio de 1988 se autoriza al recurrente a exportar 10.600 piezas de cuero de pecarí con destino a la República de Italia, para lo cual se expide el certificado CITES Nº 00432 de conformidad al art. 1-c) del Decreto Supremo Nº 21774 y a la Resolución Ministerial Nº 193/88. La indicada resolución aclara que la autorización conferida tiene validez de 45 días computables a partir de la fecha de emisión, no pudiendo concederse ninguna prórroga.
- 3. Que el 5 de abril de 2000
- 5. Que mediante nota de 25 de agosto de 2000, emitida por el Ministerio de Política Agrícola y Forestal de la República de Italia, se certificó que el certificado de exportación Nº 00432 de 4 de julio de 1988 fue utilizado para la importación en Italia de 10.600 pieles,
- POR TANTO: