SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 009/2001-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 009/2001-R

Fecha: 10-Ene-2001

Fragmento 4

          Por su parte, el apoderado de la Viceministra recurrida informó que por Resolución Ministerial Nº  235/88 de 1 de julio de 1988 y en base a certificado CITES Nº 00432 el recurrente exportó los 10.600 cueros que tenía apilados hasta el 4 de julio de 1988, y que ha infringido la Ley 1333 y los Decretos Supremos Nos. 22641 y 25458 que declaran veda general al haber acopiado 9.000 cueros en forma ilegal, y que las referidas disposiciones legales facultan a la Viceministra de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Desarrollo Forestal a efectuar y tramitar los decomisos y la aplicación de las sanciones establecidas en el art. 10 del Decreto Supremo Nº 22641, concordante con el art. 7 del Decreto Supremo Nº 25458, atribuciones con las cuales y al amparo de los incs. b) y c) del art. 8 del Reglamento General de Gestión Ambiental aprobado mediante Decreto Supremo Nº 24176 de 8 de diciembre de 1995, encomendó al Prefecto del Departamento de Santa Cruz el decomiso de los cueros de pecarí de propiedad del recurrente y el inicio de la acción penal correspondiente.