SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1091/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1091/01-R

Fecha: 12-Oct-2001

2.

2.   De fs. 47 a 51, cursa el acta de audiencia pública realizada el 29 de agosto  de 2001,  en la que los recurrentes, a través de su abogado, ratifican y reiteran los términos de su demanda, agregando lo que se apunta a continuación: a) el domicilio de  los actores  está ubicado en calle Roboré Nº 63 y no así como los demandantes en el proceso ejecutivo manifiestan y señalan; b) el acta de embargo no lleva la firma de la Oficial de Diligencias, como tampoco la del depositario designado; c) fueron notificados con una minuta de adjudicación judicial en la que se cambió la identidad de la recurrente Veneranda Campos; d) la instauración de un proceso ordinario implica esperar “3 o 5” años para su resolución, en tanto, los actores serían desposeídos de su inmueble; e) el mandamiento de  embargo está dirigido contra los bienes de Simón Durán y se lo ha ejecutado sobre los bienes de Veneranda Campos, lo que es ilegal.