SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1091/01-R
Fecha: 12-Oct-2001
2.
2. De fs. 47 a 51, cursa el acta de audiencia pública realizada el 29 de agosto de 2001, en la que los recurrentes, a través de su abogado, ratifican y reiteran los términos de su demanda, agregando lo que se apunta a continuación: a) el domicilio de los actores está ubicado en calle Roboré Nº 63 y no así como los demandantes en el proceso ejecutivo manifiestan y señalan; b) el acta de embargo no lleva la firma de la Oficial de Diligencias, como tampoco la del depositario designado; c) fueron notificados con una minuta de adjudicación judicial en la que se cambió la identidad de la recurrente Veneranda Campos; d) la instauración de un proceso ordinario implica esperar “3 o 5” años para su resolución, en tanto, los actores serían desposeídos de su inmueble; e) el mandamiento de embargo está dirigido contra los bienes de Simón Durán y se lo ha ejecutado sobre los bienes de Veneranda Campos, lo que es ilegal.
- Vistos:
- 1.
- 2.
- a)
- 3.
- 4)
- CONSIDERANDO:
- la impugnación de nulidad de actuaciones,
- se tiene demostrado, por las diligencias de citación y notificación de fs. 27, 30, 31, 34, 38, 39 y 42, que los recurrentes fueron buscados y notificados en el domicilio de calle Roboré Nº 63, Villa San Luis de Santa Cruz
- de
- POR TANTO: