SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1190/01-R
Fecha: 12-Nov-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado, 7-8) y 102-V de la Ley Nº 1836, REVOCA la Resolución revisada y declara PROCEDENTE el recurso de fs. 2 a 15 de obrados, y: 1) ANULA el Auto de 10 de noviembre de 2000 pronunciado por el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal y el Auto de Vista de 12 de enero de 2001 pronunciado por los Vocales de la Sala Penal Primera, disponiendo la prosecución del proceso penal seguido por la recurrente contra Justo Sarmiento Alanes, Pedro Percy Gonzáles Monasterio, Elías Moreno Caballero, Antonio Elío Rivero, Ernesto Morant Lijerón y Oscar Menacho Vaca, quedando extinguida la misma respecto a Rafael Loayza por haber fallecido; 2) Se ANULA el Auto de 13 de enero de 2001, pronunciado por los Vocales de la Sala Penal Segunda, debiendo dictarse nueva resolución que resuelva el fondo del asunto planteado, sobre la base del cuaderno de apelación.
- Partes:
- Vistos:
- Considerando:
- improcedente
- éste no suministró pruebas que demostraran actividad jurisdiccional alguna tendiente a sancionar a los responsables,
- Justo Sarmiento Alanes, Pedro Percy Gonzáles Monasterio, Elías Moreno Caballero y Antonio Guillermo Elío
- instantáneos,
- la privación ilegal de libertad o detenciones ilegales,
- ; para los delitos permanentes
- "Artículo 132
- "Artículo
- la sumisión del Juez a la ley"
- POR TANTO: