Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1190/01-R
Fecha: 12-Nov-2001
Vistos:
Vistos: En revisión, la Resolución de 27 de agosto de 2001 saliente de fs. 102 a 103, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, dentro del Amparo Constitucional interpuesto por Antonia Gladys Oroza vda. de Solón Romero por José Carlos Trujillo Oroza contra José Luis Dabdoub López y Jacinto Morón Sánchez, Vocales de la Sala Penal Primera; Hernán Cortez Castillo y Limberg Gutiérrez Carreño, Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior y Alaín Núñez Rojas Ex-Juez Quinto de Instrucción en lo Penal de la Capital, los antecedentes; y,
- Partes:
- Vistos:
- Considerando:
- improcedente
- éste no suministró pruebas que demostraran actividad jurisdiccional alguna tendiente a sancionar a los responsables,
- Justo Sarmiento Alanes, Pedro Percy Gonzáles Monasterio, Elías Moreno Caballero y Antonio Guillermo Elío
- instantáneos,
- la privación ilegal de libertad o detenciones ilegales,
- ; para los delitos permanentes
- "Artículo 132
- "Artículo
- la sumisión del Juez a la ley"
- POR TANTO: