SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1307/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1307/01-R

Fecha: 12-Dic-2001

con el que se  notificó a las partes mediante cedulón.

4.   Que radicada la apelación en la Sala Penal Segunda, los vocales recurridos fijaron audiencia para el 27 de agosto del año en curso, proveído con el que se  notificó a las partes mediante cedulón. (fs. 31 vta. del expediente original). La audiencia se verificó el día y hora señalados en rebeldía del recurrente, donde se dictó el Auto de Vista Nº 276/2001 que revocó la Resolución apelada disponiéndose la detención preventiva del recurrente, considerando al efecto la certificación franqueada por el Actuario del Juzgado Noveno de Instrucción en lo Penal, sin hacer referencia a la  prueba aportada por el encausado (fs. 34).