Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 019/01
Fecha: 21-Mar-2001
Fragmento 12
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 120-1ª de la Constitución Política del Estado, 7 inc. 1), 54 y siguientes de la Ley Nº 1836, declara la INCONSTITUCIONALIDAD de la Resolución Ministerial Nº 3357 de 10 de octubre del 2000 emanada del Ministerio de Gobierno, y el Manual de Funciones de la División de Matrículas aprobado mediante Resolución N° 2/98 de 4 de septiembre de 1998, en los textos legales transcritos en el memorial de fs. 56-57.
- Expediente:
- Materia: RECURSO DIRECTO DE
- VISTOS
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- CONSIDERANDO III
- CONSIDERANDO IV
- CONSIDERANDO V
- La Constitución Política del Estado es la Ley suprema del ordenamiento jurídico nacional. Los tribunales, jueces y autoridades la aplicarán con preferencia a las leyes y éstas con preferencia a cualesquiera otras resoluciones”.
- ,
- CONSIDERANDO VI
- Fragmento 12
- SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 019/01
- PRESIDENTE DECANO
- MAGISTRADO MAGISTRADA