SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 228/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 228/01-R

Fecha: 22-Mar-2001

2)

2)   Apelada la citada resolución, la Sala  Penal Segunda de la Corte  Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dictó  Auto de Vista en la audiencia  de medida cautelar y resolución en grado de apelación realizada en 9 de enero de 2001 (fs. 1), en el que  confirmó el fallo del Juez inferior en atención a que en ese caso concurren los presupuestos señalados en el art. 233 de la Ley No. 1970 para la detención preventiva, declarando que los imputados son autores o partícipes de un hecho punible, ya que se presume que éstos no se someterán a proceso u obstaculizarán la tramitación del mismo y que no es atinente a este Tribunal cualificar las actividades a las que cada uno de los encausados se dedica,  hecho que acontecerá en el transcurso del proceso.