SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 281/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 281/01-R

Fecha: 25-Abr-2001

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que de conformidad al art. 4 de la Ley Nº 1984 (Código Electoral) la responsabilidad del desarrollo y vigilancia del proceso electoral corresponde a los Poderes del Estado, al organismo electoral, a los partidos políticos y a la ciudadanía en general, en la forma y términos que establece dicho Código, siendo la  Corte Nacional Electoral  el máximo organismo en materia electoral, con jurisdicción y competencia en todo el territorio de la República, de acuerdo al art. 28 del citado cuerpo de normas.