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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 285/01-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 285/01-R

    Fecha: 09-Abr-2001

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    • pues en el caso de la recurrente se presentan los dos requisitos que deben concurrir para hacer viable la detención preventiva: la existencia de elementos de convicción suficientes para sostener que la imputada es, con probabilidad, autora o partícipe del hecho punible que se investiga, y que no se someterá al proceso u obstaculizará la averiguación de la verdad
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