Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 286/01-R
Fecha: 09-Abr-2001
las personas condenadas que no figuren en las nóminas
La Ley No. 2155 de 11 de diciembre de 2000, contempla las nóminas de las personas indultadas de acuerdo a cada uno de los artículos de la Ley No. 2133, estableciendo en su art. 4 que las personas condenadas que no figuren en las nóminas por falta de datos o encontrándose en las nóminas no tengan los datos suficientes para acceder a los beneficios de la citada Ley, “deberán tramitar su solicitud en sus Distritos Judiciales...Los Distritos Judiciales de las Cortes Superiores de Distrito remitirán nóminas y antecedentes a la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, la que enviará las listas de beneficiarios al Congreso Nacional para el tratamiento respectivo”.