Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 315/01-R
Fecha: 16-Abr-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª) de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley Nº 1836, REVOCA la Resolución cursante a fs. 33 y 34, pronunciada el 5 de marzo de 2001 por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, y declara IMPROCEDENTE el Recurso, con costas y multa que serán calificados por dicha Sala, de acuerdo a lo establecido por el art. 102-III con relación al VI de la citada Ley.