Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 021/01
Fecha: 02-Abr-2001
IV.4.
IV.4. Que, el art. 21 del Decreto Supremo Nº 25273 de 8 de enero de 1999, establece como función de la Junta Distrital en su numeral 1: “Conformar, en coordinación con el Director Distrital, el Tribunal Disciplinario que conocerá las denuncias que se formulen contra asesores ..., directores de núcleo, de unidad educativa .... El Tribunal Disciplinario será presidido por el Director Distrital e integrado por dos padres de familia...”.