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    SENTENCIA Constitucional N° 439/01-r
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA Constitucional N° 439/01-r

    Fecha: 11-May-2001

    2)

    2)   Que mediante memorial de 5 de septiembre de 2000  Abraham Lazarte Lizarazu solicitó la revocatoria o nulidad de la Resolución Técnico-Administrativa Nº 011/95, petición puesta a conocimiento de asesoría legal, la que mediante decreto de 26 del mismo mes y año solicitó los informes correspondientes al mismo departamento de Asesoría así como al Jefe del Departamento Urbano Rural (fs. 32-33).

    • VISTOS:
    • 1.
    • a)
    • IMPROCEDENTE
    • 2)
    • 3)
    • CONSIDERANDO:
    • “condición esencial para la vida y el desenvolvimiento de las naciones y de los individuos que las integran. Representa la aplicación objetiva de la Ley, de tal modo que los individuos saben en cada momento cuáles son sus derechos y sus obligaciones, sin que el capricho, la torpeza o la mala voluntad de los gobernantes pueda causarles perjuicios”.
    • POR TANTO:

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