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    SENTENCIA Constitucional N° 439/01-r
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA Constitucional N° 439/01-r

    Fecha: 11-May-2001

    VISTOS:

    VISTOS:  En revisión, la Resolución corriente a fs. 70 a 72, pronunciada el 29 de marzo de 2001 por el Juez de Partido de Familia y del Menor de Quillacollo, dentro del Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por Nilo Guaraguara Goitia y Victoria Espada de Guaraguara contra Lucio Villazón Gonzáles y José Medrano Goitia, Alcalde Municipal de Tiquipaya y Oficial Mayor Administrativo de la misma Alcaldía, respectivamente; sus antecedentes, y

    • VISTOS:
    • 1.
    • a)
    • IMPROCEDENTE
    • 2)
    • 3)
    • CONSIDERANDO:
    • “condición esencial para la vida y el desenvolvimiento de las naciones y de los individuos que las integran. Representa la aplicación objetiva de la Ley, de tal modo que los individuos saben en cada momento cuáles son sus derechos y sus obligaciones, sin que el capricho, la torpeza o la mala voluntad de los gobernantes pueda causarles perjuicios”.
    • POR TANTO:

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