SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 043/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 043/01

Fecha: 18-Jun-2001

I.3

I.3        El Consejo Universitario que designó a los miembros del Tribunal Permanente  de Procesos Universitarios fue convocado ilegalmente, pues de acuerdo al art. 12-d) del Estatuto Orgánico de la Universidad San Francisco Xavier de Chuquisaca, solamente el Rector es quien tiene facultad de convocarlo y presidirlo, así fue reconocido en la Sentencia Constitucional No. 1173/00-R de 14 de diciembre de 2000, que restituyó a Jaime Robles en su cargo de Rector de la Casa de Estudios Superiores. Consiguientemente -dice la recurrente-  el Vicerrector ha desobedecido ese fallo, habiendo nombrado inclusive al Secretario Permanente del cuerpo colegiado, ahora cuestionado, en la persona de un docente invitado, que por tal condición no puede ocupar cargo alguno  como autoridad universitaria.