Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 043/01
Fecha: 18-Jun-2001
IV.4
IV.4 Blanca Elizabeth Dora Saavedra Cárdenas planteó recusación, opuso “cuestiones previas” de falta de competencia y contradicción en la demanda, y contestó la misma, a través de su escrito de 17 de febrero de 2001 (fs. 173-175), ante lo que el Tribunal Permanente de Procesos Universitarios emitió el proveído de 20 de febrero de 2001 (fs. 191) por el que expresa que la recusación y cuestión previa planteadas no son atendibles por no ajustarse al procedimiento establecido por la Resolución No. 200/83 de 9 de diciembre de 1983, y abre el término de prueba de 6 días prosiguiendo con la tramitación de la causa.