Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 610/01-R
Fecha: 19-Jun-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Sentencia de fs. 221-222 de 7 de mayo de 2001 dictada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de Cochabamba.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- 1.
- 2.
- Son fines del Tribunal Constitucional ejercer el control de la constitucionalidad y garantizar la primacía de la Constitución, el respeto y vigencia de los derechos y garantías fundamentales de las personas..."
- Que tratándose de la protección de los derechos fundamentales de la persona, es viable la interposición del Recurso de Hábeas Corpus consagrado por el art. 18 de la Constitución Política del Estado contra un representante nacional...";
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- POR TANTO: