SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 647/01- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 647/01- R

Fecha: 02-Jul-2001

2.

2.  A  fojas 41 y 42 cursa el acta de la audiencia pública realizada el 5 de junio de 2001, en la que el recurrente Octavio Rocha Cáceres, en ausencia de  la  co - recurrente Adela Calderón de Rocha, a través de su abogado ratifica los términos de su demanda y agrega que las normas del nuevo Código de Procedimiento Penal deben aplicarse a su caso por imperio del art. 33 de la Constitución Política del Estado.

2)   Luego de anularse el Auto de Vista que resolvió la apelación  de la sentencia, se dictó uno nuevo en 24 de abril de 2000 (fs. 15 a 17),  en el que se declaró a los recurrentes autores directos de los delitos por los que se los procesó, condenando a ambos a una pena privativa de libertad de 6 años. El Recurso de Casación  interpuesto por  Octavio Rocha Cáceres y Adela Calderón de  Rocha, fue declarado infundado por Auto Supremo  de 19 de enero  de 2001 (fs. 18).