Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 725/01-R
Fecha: 16-Jul-2001
2)
2) Con el Auto Intimatorio de 23 de junio de 2000 (fs. 31), previo juramento de desconocimiento de domicilio (fs. 32), los ejecutados fueron notificados mediante edictos (fs. 33 y 35). En 19 de julio de 2000 (fs. 34) se embargó los inmuebles otorgados en garantía hipotecaria, ubicados en la provincia Capinota del departamento de Cochabamba.